Normativa y seguridad en comunidades de propietarios

El verano y el mayor uso de algunas de las instalaciones disponibles en edificios y urbanizaciones plantea algunos problemas y dudas sobre los problemas que puedan derivarse de su utilización. Piscinas, pistas polideportivas o parques infantiles pueden proporcionar tanta diversión como quebraderos de cabeza si no se realiza un disfrute responsable.
Aunque no existe una normativa para las comunidades de propietarios como tal, la Ley de Propiedad Horizontal sí que regula la “convivencia”, así como el uso y disfrute de la misma, pero no los peligros derivados de la edificación en sí. Estos deben ser analizados y resueltos en el momento de la elaboración del proyecto de ejecución de obra y de la construcción y, en su caso, a posteriori con obras de rehabilitación o adecuación de las zonas con deficiencias al respecto.
En cualquier caso, este tipo de peligros esta íntimamente relacionado con las barreras arquitectónicas y la accesibilidad por lo que hemos de tener muy presente el CTE (Código Técnico de la Edificación) y en concreto el DB SU (libro 8 del CTE, Documento Basico Seguridad de Utilizacion), donde se analizan todos los posibles riesgos en cuanto a caídas a nivel o a distinto nivel, posibles impactos o atrapamientos, ahogamientos, etc.
- Suelos resbaladizos
Existen diferentes casos en los que según sea el espacio del que se trata (interior o exterior) y del uso previsto que tenga (tránsito de personas, alrededores de piscina, etcétera) hay unos requisitos ante la resbaladicidad que los pavimentos en cuestión deben cumplir. Es decir, se prescriben unos mínimos de resistencia a deslizamiento (Rd) y se clasifican los materiales desde Clase 0, hasta Clase 3, siendo esta la mas antideslizante.
El principal problema que se encuentra con este asunto es que no todos los fabricantes de pavimentos ensayan y certifican sus productos frente a esta circunstancia, con lo cual en ocasiones resulta difícil encontrar pavimentos adecuados y con los certificados requeridos. Incluso cuando los pavimentos en cuestión cumplirían sobradamente con los requisitos pedido por la norma.
Lo mismo sucede con los tratamientos antideslizantes que pueden aplicarse sobre los pavimentos existentes. Funcionan muy bien como solución menos agresiva y costosa, pero no suelen tener certificado antideslizante.
- Reducción de alturas de escalones y otros acondicionamientos
Las posibilidades de actuación en este ámbito son enormes. Desde la eliminación de escalones en el acceso a zaguanes, rampas de acceso accesibles, pasando por tratamientos antideslizantes en zonas que lo requieran, sustitución de pavimentos excesivamente resbaladizos, incluso habilitando cerramientos o barandillas en las zonas con riesgo de caídas y perímetros de piscinas.
Cuando se plantea la necesidad de alguna actuación en este sentido, es aconsejable contar con la ayuda de profesionales para que velen por el cumplimiento de la normativa vigente así como por la comodidad y economía de la comunidad de vecinos.
Son muchos los aspectos a tener en cuenta y muy amplias las posibilidades de actuación. Grupo BDI, empresa de rehabilitación de edificios y obras en comunidades de propietarios en Alicante, Madrid y Valencia, cumple con todos ellos.
